Asociaciones latinoamericanas publican primer documento sobre gestión de la demanda

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Representantes de las asociaciones de grandes usuarios de energía eléctrica de Chile, Argentina, Colombia y Panamá dieron a conocer una lista de principios para el adecuado desarrollo de las iniciativas de gestión de demanda en el continente americano.

Santiago, 17 de junio de 2024

Tras varios meses de trabajo conjunto y tras un acuerdo celebrado entre los representantes de las asociaciones de grandes usuarios de energía de Chile (ACENOR), Argentina (AGUERRA), Colombia (ASOENERGIA) y Panamá (AGRANDEL), las agrupaciones publicaron un documento conjunto cuyo foco está puesto en contribuir en el desarrollo de un sector energético que ponga al cliente como el centro de sus objetivos.

En el documento, las cuatro asociaciones de clientes eléctricos de América Latina reconocen que la gestión integral de la demanda es fuente de alternativas costo-eficientes para el desarrollo de los sistemas eléctricos y describen el estado de la regulación vigente de gestión de la demanda en cada país.

La gestión integral de la demanda (GID) incluye no solo la eficiencia energética y las auditorías energéticas, sino también la proyección de autoabastecimiento con una canasta de energéticos, autogeneración y auto almacenamiento, así como cambios de comportamiento en el uso para optimizar los recursos y el costo energético, declara el escrito.

En el caso chileno, “sólo las empresas con activos de generación pueden acceder al mercado de corto plazo mayorista o mercado spot. Entre los servicios que puede proveer la demanda en materia de GID se encuentra el servicio complementario de carga interrumpible”, detalla el documento.

La normativa argentina, en tanto, tiene previsto un sistema de oferta de reducción de demanda como Gran Usuario (GU) interrumpible a solicitud del organismo encargado del despacho. “Actualmente, estamos trabajando en reforzar este esquema de reducción voluntaria de demanda que sea realmente impulsada por incentivos económicos”, declara AGUERRA.

“La GID es limitada en Colombia, pues cada usuario solo puede tener un comercializador suministrándole energía en una sola Frontera Comercial registrada, y no tiene acceso al Mercado de Energía Mayorista. No hay tarifas dinámicas, y el único esquema de participación es la DDV (Desconexión de demanda Voluntaria), para respaldar a generadores en sus Obligaciones de Confiabilidad. Recientemente se aprobó otro mecanismo temporal de participación de la demanda en la bolsa que está provisional y en evaluación”, explican desde ASOENERGIA.

Para el caso panameño, “vemos con buenas luces las modificaciones que propone en la ley del sector eléctrico en la que se vislumbra una GID encaminada a través de la aparición de nuevas figuras como el comercializador”, concluye AGRANDEL.

Puede revisar el documento completo aquí